Reglamento UnADM y código de ética
Para solicitar una reinscripción
a las asignaturas o módulos del semestre escolar inmediato siguiente no se debe
tener adeudo de más tres materias o según los módulos correspondientes al
programa establecido, se debe seguir el lineamiento del plan de estudios y no
rebasar el semestre máximo al concluir la carrera, a excepción de que haya
hecho una baja temporal, una baja definitiva o una suspensión al derecho de
cursar una materia.
Artículo 9, 61, 3
El estudiante podrá cursar la
carga académica máxima si las materias que cursó en los semestres anteriores
los haya acreditado de forma regular y que la materia este dada de alta en la
plataforma
Artículo 24.
Las evidencias de aprendizaje
inéditas serán a través de instrumentos de evaluación clasificados en
evidencias de conocimiento, desempeño y producto.
Artículo 29.
El estudiante tendrá dos
oportunidades por cada asignatura de forma ordinaria y recursamiento.
Artículo 32.
Al alumno se le dará de baja
automáticamente en el módulo cuando no tenga evidencia en la entrega de tareas,
participación en foros, archivos enviados, participación en actividades
colaborativas, entre otras, citadas en la plataforma electrónica durante un
periodo de veintiún días naturales consecutivos al inicio del bloque; en su
historial académico se registrará con NP (no presentó) la o las asignaturas.
Esta disposición aplicará una sola vez por asignatura o módulo del mapa
curricular.
Artículo 40.
Se debe cubrir el plazo total
del plan académico y no exceder el 100% adicional al plan de estudios que se
contaran a partir de la inscripción.
Artículo 45.
Artículo 57. Son derechos de
los estudiantes
Artículo 58. Son obligaciones
de los estudiantes
Artículo 59. Son causas de responsabilidad
de los estudiantes
Artículo 58. Son obligaciones
de los estudiantes
IV. Realizar las actividades
para la evaluación del aprendizaje de forma inédita, veraz y oportuna conforme
a las fechas establecidas en cada planeación didáctica de las asignaturas o
módulos. (Tengo que ser un alumno activo para cumplir con las expectativas de
cada asignatura y terminar a tiempo, de lo contrario tendré una baja
definitiva)
Artículo 59. Son causas de
responsabilidad de los estudiantes
XII. Faltar al respeto,
incurrir en alguna conducta tipificada como delito o atentar contra los
derechos humanos de los estudiantes, personal académico y administrativo de la
Universidad o responsables de los Centros Universitarios de Educación a
Distancia, ya sea de manera presencial, a través de llamadas telefónicas,
correos electrónicos o conversaciones por medio de sistemas de mensajes
instantáneos u otros medios electrónicos. (Estaré consciente de mis problemas
personales y no inculpar o reprimirme con la comunidad académica).
Honestidad
En el código de ética de la
honestidad en la tercera parte se debe respetar la propiedad intelectual de los
demás.
Hay que reconocer sus obras,
sus trabajos, y no dar críticas a las especulaciones de cada quien, pues seria un
asunto grave a los principios éticos que permanecen en la universidad.
Comentarios
Publicar un comentario